Comercializadora internacional C.I
A nivel global, las
CI son reconocidas como “Trading Company”, una forma de “Gestión de
Mercado indirecto” dirigidas a las empresas productoras de bienes y servicios
que desean moverse o están en el ámbito del comercio internacional, o bien,
como “Empresas de gestión de exportación y/o consultores de Exportación (Export
Manager Company), modalidad más común que opera bajo el sistema de Outsoucing o tercerización.
Existen una
serie de condiciones complejas propias del mercado y de la empresa misma que
deben ser objeto de un análisis profundo y especializado por parte,
preferiblemente, de organismos calificados para evitar el fracaso y asegurar
una comercialización internacional exitosa. Estos organismos son las
Comercializadoras Internacionales C.I.
¿QUÉ ES UNA COMERCIALIZADORA
INTERNACIONAL C.I?
Puede definirse la CI como una
sociedad mercantil especializada con una gran capacidad para detectar y generar
negocios de larga duración y concretarlos en los diferentes mercados mundiales.
Las CI deben tener un
amplio portafolio de servicios basado en el estudio de los elementos que
afectan y componen el mercado de sus clientes, incluyendo las tendencias, la
competencia, los canales de distribución, la logística de la exportación, los
tiempos de despachos y entrega, el mantenimiento y contacto de clientes, el
contacto con distintas comercializadoras, entre otros.
1. Como Persona Jurídica,
constituirse mediante escritura pública como Sociedad de Comercialización
Internacional C.I. en alguna de las formas establecidas en el Código de
Comercio (Anónima, Limitada, E.U. etc.)
La constitución deberá hacerse teniendo
en cuenta los requisitos de que trata el Artículo 1º del Decreto 1740 del 3 de
agosto de 1994, de la siguiente manera:
Razón Social:Las Sociedades de Comercialización
Internacional C.I. inscritas ante el Ministerio de Comercio Exterior tendrán la
obligación de utilizar en su Razón Social la expresión Sociedad de
Comercialización Internacional o también, si lo prefieren,
pueden utilizar la sigla C.I. (NOTA: Los textos
demasiado largos en la Razón Social, a veces aparecen recortados en algunos
documentos).
Objeto Social
Principal:Deberá comenzar con el siguiente texto: Efectuar
operaciones de comercio exterior y particularmente, orientar sus actividades
hacia la promoción y comercialización de productos colombianos en los mercados
externos. El resto del Objeto Social lo redacta la empresa de
acuerdo con sus intereses particulares.
2. Registrar la Sociedad
ante la Cámara de Comercio de manera que en el Certificado de Existencia y
Representación Legal aparezca la Razón Social y el Objeto Social Principal tal
como se constituyó en el punto anterior.
3. Obtener el NIT ante
la DIAN (o la Cámara de Comercio), de manera que el texto de la Razón Social coincida
con el inscrito en el Certificado de Existencia y Representación Legal.
4. Registro como exportador
El Gobierno Nacional
ha expedido el Decreto 2788 del 31 de agosto de 2004 de Minhacienda, por el
cual se reglamenta el Registro Único Tributario (RUT), el cual se constituye
como el nuevo y único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los
sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.. Diligenciar
completamente el Formulario de Solicitud de Inscripción como una Sociedad de
Comercialización Internacional C.I.
6. Elaborar el documento
Estudio de Mercados
7. Solicitar por escrito
al MINCOMEX, Grupo de Zonas Francas y Comercializadoras Internacionales, la
inscripción de la Empresa como Sociedad de Comercialización Internacional C.I.,
acompañando la solicitud con los siguientes documentos:
- Original
del Certificado de Existencia y Representación Legal vigente
- Fotocopia
del NIT si lo expidió la DIAN
- Copia
del Registro Nacional de Exportadores actualizado. (Para agilizar proceso
de Registro)
- Original
del documento Estudio de Mercados
- Original
del Formulario de Inscripción como Sociedad de Comercialización
Internacional C.I.
- Oficio
suscrito por el Representante Legal en donde certifique que hasta la fecha
de la solicitud de inscripción en el Registro de C.I, SI/NO se han
efectuado compras exentas de IVA y/o Retefuente y SI/NO se han expedido
Certificados al Proveedor - CP, conforme a lo estipulado en el Decreto
1740 de 1994.
Para verificar la información, el MINCOMEX podrá
practicar una visita a las instalaciones de la empresa C.I. y se comunicará con
los Proveedores relacionados. Para agilizar el proceso de Registro,
la Empresa debe adjuntar a la solicitud certificaciones escritas de
Proveedores, en donde conste tiempo de relación comercial, tipo de contacto o
negociación, formas de pago pactadas, productos a proveer y autorización para
exportarlos.
Obligaciones
La Sociedad de
Comercialización Internacional que obtiene el Régimen C.I. se obliga, para con
el Ministerio de de Comercio, Industria y Turismo, principalmente a:
1. Expedir
oportunamente al Proveedor el Certificado al Proveedor - CP.
2. Exportar, dentro de
los términos establecidos, las mercancías que adquirió exentas del IVA y/o
Retención en la Fuente al amparo de un Certificado al Proveedor - CP.
3. Remitir
oportunamente, tanto al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo como a
Bancoldex, las copias correspondientes de los Certificados al Proveedor - CP
expedidos durante el trimestre calendario, así: Los CP expedidos durante Enero,
Febrero y Marzo se remitirán en un solo envío dentro de los primeros 10 días de
Abril. Seguirán enviándose dentro de los 10 primeros días de Julio, dentro de
los primeros 10 días de Octubre y dentro de los 10 primeros días de Enero del
año siguiente.
4. Se debe enviar
oficio al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para informar si durante
el trimestre reportado no se han expedido Certificados al Proveedor - CP,
indicando las razones que se consideren pertinentes.
5. Remitir
oportunamente al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dentro del primer
mes (Enero) del año siguiente al reportado, el Informe Anual sobre expedición
de CP y exportaciones realizadas (CPEX).
6. Se debe enviar
oficio al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para informar si durante
el año reportado no se han expedido Certificados al Proveedor - CP y/o no se
han efectuado exportaciones, indicando las razones que se consideren
pertinentes.
7. Informar
oportunamente al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo los cambios de
domicilio y de Razón Social.
Ventajas de una C.I
Las ventajas de trabajar bajo esta figura,
son el resultado de un esfuerzo mancomunado que tiene como base un proyecto o
plan exportador previo, realizado por la CI, que establece metas cuantificables
de Mercado y Ventas comunes de mayor alcance.
·
- La reducción de costos, es una de las ventajas más importantes pues las investigaciones que llevan al plan exportador son compartidas entre el número de asociados a la CI. Como referencia un estudio secundario detallado y luego un estudio de mercado en el país o mercado destino puede costar entre $5.000 y $25.000 dólares, sin contar las evaluaciones internas de cada empresa asociada. En el mismo sentido los riesgos son compartidos, reduciéndose de igual manera las pérdidas por inexperiencias
- El trabajo de investigación y análisis de la comercializadora, su organización interna y la asesoría de personal idóneo le permite a las empresas contar con un plan de exportación coherente, organizado y atractivo para que compradores serios se fijen en ellas. No se trata de empresas solas y desconocidas tratando de impactar sino de una unidad especializada, que debe tener una CI especializada en su segmento de mercado, para que la calidad de los negocios sea de relaciones duraderas, como suele pasar.
- Posicionar productos en mercados especializados, bajo esta figura, lleva a las empresas a aprender individual y en conjunto su mercado, el conocimiento es más activo y esto mejora el nivel del sector en general, pues se mejora la calidad de los productos y las cadenas de distribución, se disminuyen los traumatismos en los tiempos de entrega, aumenta el aprovechamiento de la capacidad instalada, se obtiene mayor competitividad y márgenes de utilidad.
- A través de la CI se puede lograr mayor atención y apoyo de las promotoras de exportaciones, mayor credibilidad y facilidades de créditos o cupos de financiación, incluyendo beneficios tributarios.
Por ejemplo, las CI están exentas del pago del IVA,
por lo que los productos no tienen sobrecostos para un mercado más competitivo
y tampoco tienen retención en la fuerte, lo que representa un ahorro importante
de dinero. En el caso de las empresas que operan bajo el tipo comercializadora
asociativa, la CI da a la empresa exportadora un certificado de proveedor para
que ésta goce de todos los beneficios tributarios, de otra forma sería la CI la
única beneficiada.
También está
posibilidad de crear alianzas, fusiones, contratos de manufactura o
ensamblaje, licencias de fabricación o actuar como filial de producción, maquilar productos
etc. Se generan variados tipos de negocios que a la larga significan
transferencia de tecnología, inversión, capacitación, empleo directo, buen
nombre a la marca y las empresas, desarrollo sostenible y de largo alcance.
- Las empresas unidas para exportar tienen un alto poder de convocatoria, negociación y presión con efectos positivos. La unión genera un fuerte de apoyo grande entre las empresas asociadas, sin individualismos, en las que todas innovan y avanzan de forma segura. De hecho, filosóficamente, las CI deben integrar varias empresas a los procesos que adelanten, esto crea un “efecto sombrilla” que hace más sólido el sector.
Adjunto documentos
Información sacada de:
http://revista-mm.com/ediciones/rev39/art4.htm
http://www.mincit.gov.co/publicaciones.php?id=10332
https://www.sectorial.co/index.php?option=com_content&view=article&id=288%3Alo-que-debe-saber-de-las-comercializadoras-internacionales-ci&catid=40%3Ainformes-especiales&Itemid=208




